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Provinciales

Ratifican prisión perpetua para un hombre que prendió fuego a su pareja

La Corte Provincial confirmó la condena de Elías Valenzuela por el femicidio de Ramona Romero, en un hecho ocurrido en noviembre del 2021. La mujer falleció luego de 20 días de agonía.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la pena de prisión perpetua impuesta por el Tribunal de Juicio de Paso de los Libres para Elías Valenzuela por el femicidio de su pareja, Ramona Romero.

En la madrugada del 15 de noviembre de 2021, Valenzuela lesionó mortalmente a su pareja, quien estaba rociada de alcohol cuando él encendió un fósforo y le prendió fuego.

En un intento por apagarlo, Ramona Estela Romero alcanzó a ingresar a la ducha y tras recibir asistencia fue trasladada primero al Hospital San José de Paso de los Libres y en forma posterior al Hospital Vidal de Corrientes Capital. Con el 80% del cuerpo quemado, falleció el 5 de diciembre.

“La situación era grave e irreversible, fue avanzando por todos los órganos y falleció por una falla multisistémica”, informó en su oportunidad Horacio Sotelo, director del Hospital José R. Vidal donde la víctima estaba internada.

El profesional agregó que la mujer sufrió consecuencias en las vías respiratorias debido a los gases inflamables y la gran superficie de piel afectada, blanco de infecciones. “Lamentablemente se generaron muchísimas complicaciones y la situación fue irreversible”, lamentó.

Ayer la Corte Provincial confirmó la condena a prisión perpetua de Valenzuela, por hallarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.

La decisión -plasmada en la sentencia N° 87/23- se tomó en una audiencia oral realizada en el Superior Tribunal de Justicia bajo la presidencia del doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, y la presencia de Ministros doctores Eduardo Panseri (modalidad virtual), Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain.

Participaron de modo online el doctor Jorge Omar Semhan (fiscal adjunto); doctor Facundo Alfredo Sotelo (fiscal de juicio); doctor Fernando Javier Sosa (asesor de Menores -sustituto-); Dra. María Susana Ferreyra (defensora de juicio) y el condenado.

Los fundamentos por los que se rechaza el recurso de casación (revisión) planteado por la defensa se darán a conocer el miércoles 26 de julio.

La defensa oficial no discutió la relación violenta que existía entre ambos ni cuestionó el hecho de que quien prendió el fósforo fue Valenzuela, no obstante negó que los hechos hubieran ocurrido del modo que se atribuyeron al condenado. También cuestionó declaraciones de algunos testigos, incluidas las un hijo de la pareja; y que los jueces pasaron por alto la propia conducta de la víctima, esto es, que ella misma se roció con alcohol, no para quitar responsabilidad a Valenzuela, sino para dejarla en su justa dimensión.

En relación al tipo penal atribuido al condenado, la defensa entendió contradictorio el análisis realizado por los jueces que primero señalaron que no hubo voluntad deliberada de cometer un delito, más luego se refirieron a un comportamiento consciente y temerario. Solicitó la anulación del fallo y exigió la absolución de Valenzuela.

El tribunal integrado por los doctores Marcelo Manuel Pardo; Gustavo Alfredo Ifran y Marcelo Ramón Fleitas dictó la sentencia N° 17/23 el 11 de abril pasado y la revisión solicitada por la defensa oficial fue resuelta por la Corte Provincial dos meses y medio después.

Desde la investigación hasta el rechazo del recurso de revisión, el caso se tramitó con el nuevo Código Procesal Penal.

Fuente: Diario El Litoral.

PROVINCIALES PASO DE LOS LIBRES PRISIÓN PERPETUA

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